El Derecho de Acceso a la Información ante el COVID-19
Información de conocimiento público útil
El ITAIPCH y la Secretaría de la Honestidad y Función Pública en PRO de la Transparencia y la Anticorrupción
Implementación del Programa Emergente
El DAI ante el COVID
En estos tiempos de emergencia sanitaria, el Acceso a la Información Pública y la Protección de los Datos Personales; son de vital importancia para que la ciudadanía pueda estar informada y evitar con ello la desinformación y salvaguardar el orden público; en ese contexto y considerando los protocolos de prevención y sana distancia recomendados por las autoridades sanitarias federales y estatales ha sido necesario privilegiar el trabajo desde casa; por lo que durante el año 2020 se acordó la suspensión de plazos y términos respecto de las solicitudes de Acceso a la Información Pública y de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición de Datos Personales, mismos que al día de hoy se encuentran detenidos. Esta situación ha provocado la acumulación de solicitudes de Acceso a la Información Pública y de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición de Datos Personales.
Por ello, este Organismo Garante de la Transparencia considera que en estos momentos de crisis sanitaria es menester además de privilegiar la salud, continuar garantizando a la ciudadanía su Derecho de Acceso a la Información Pública y la Protección de sus Datos Personales. Razón por la que esta Presidencia a mi cargo propone implementar el Programa Emergente “El Derecho de Acceso a la Información ante el COVID” en sus siglas DAI ante el COVID; bajo un esquema que habrá de implementarse en tres etapas.
Primera etapa: Los sujetos obligados de los organismos públicos que integran el Poder Ejecutivo del Estado, así como sus fideicomisos y fondos públicos.
Segunda etapa: Los órganos que integran el Poder Legislativo del Estado, los órganos que integran el Poder Judicial del Estado, los órganos u organismos públicos autónomos del Estado, los partidos políticos, las personas físicas y/o morales.
Tercera etapa: Los ayuntamientos de los municipios del Estado y sus organismos pñublicos que cuenten con personalidad jurñidica y patrimonio propio, así como los concejos municipales, los sindicatos que reciban y ejerzan recursos públicos en los ámbitos estatal y municipal.