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¿Que es la Igualdad Laboral?

La igualdad en el trabajo o igualdad laboral debe entenderse como la práctica de las mismas condiciones de trabajo para hombres y mujeres, sin importar el sexo, el estado civil, su origen étnico o raza, la clase social, la religión o su ideología política.

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¿Quienes somos?

Somos un organismo autónomo comprometido con la equidad de género, igualdad laboral y no discriminación; tenemos como como principio generar espacios laborales basados en el respeto y el reconocimiento a la labor desempeñada por las personas que forman parte de nuestra comunidad.

Por ello, hemos emprendido acciones que nos permitan generar espacios laborales más incluyentes, libres y seguros para todas las personas, con lo que buscamos acortar la brecha entre mujeres y hombres en el entorno laboral, mediante la implementación de políticas que garanticen igualdad de oportunidades para mujeres y hombres, para desarrollarse bajo un principio de respeto de los derechos humanos y de su integridad.

La vía es la implementación de la norma mexicana para la igualdad laboral y no discriminación que nos orienta para el logro de espacios libres de violencia, seguros y de reconocimiento de las personas sin importar su rango, condición origen o identidad, durante la convivencia diaria.

En ese sentido, en este micrositio ofreceremos contenidos e información encaminados a orientar estos procesos que ayuden a conformar una sociedad mas equitativa y respetuosa de la diversidad.

Objetivo

Proponer acciones para la generación de espacios incluyentes, libres y seguros para todas las personas en entornos laborales, con base en la norma mexicana para la igualdad laboral y la no discriminación.

GUÍA MODELO DEL LENGUAJE INCLUYENTE Y NO SEXISTA

MATERIAL DE INTERÉS

OMBUDSPERSON

El Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, en el marco de la Décima Primera Sesión Extraordinaria de fecha cuatro de agosto de dos mil veintidós el Pleno designó Aben Amar Rabanales Guzmán como OMBUDSPERSON.

Atribuciones y responsabilidades.

Sus atribuciones y responsabilidades derivan de los Lineamientos de Operación de la Comisión de Igualdad Laboral y no Discriminación, aprobados por el Pleno, y que establecen que deberá:

·       Recibir las denuncias que realicen las personas afectadas.

·       Investigar los hechos de posible desigualdad laboral o discriminación que se presenten en el Instituto, de oficio o a
petición de parte.

·       Tener acceso a toda la información que obre en los archivos del Instituto, inclusive la clasificada, que sea necesaria para la realización de sus atribuciones.

·       Emitir un informe y, en su caso, las recomendaciones para la solución, de los asuntos que sean de su conocimiento.

·       Mediar o conciliar entre las partes involucradas en los asuntos que sean de su conocimiento.

·       Dar seguimiento a la atención de las recomendaciones que emita, cuando estas sean aceptadas por la autoridad de que
se trate.

·       Impulsar acciones de promoción de los derechos humanos entre el personal del Instituto para propiciar cambios para su correcta observancia.

·       Informar de manera anual al Pleno de las actividades desarrolladas en el ejercicio de su encargo.

Estas acciones están encaminadas a prevenir, atender y sancionar las prácticas de discriminación y violencia laboral en el centro de trabajo de la Norma de Igualdad Laboral y No Discriminación NMX-R-025-SCFI-2015.

Los principios que debe observar la persona Ombudsperson son:

       Objetividad                               Imparcialidad                                 Autonomía                  Apartidismo

 

Perfil del Ombudsperson.

Aben Amar Rabanales Guzmán es maestro en Derecho por investigación con líneas en Derecho Constitucional y Parlamentario, por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Autónoma de Chiapas. Cuenta con formación en alta especialidad en Derechos Humanos y Sistema Interamericano por el Instituto Interamericano de Derechos Humanos.

Su trayectoria como activista le ha valido el Reconocimiento al Liderazgo Social 2015 por el Ayuntamiento de Tuxtla Gutiérrez; el Reconomiento “Kyra Núñez de León” a las personas activistas defensoras de los Derechos Humanos de las Mujeres y las Juventudes por la asociación civil Keremetic Ach’Ixetic; Premio Municipal de la Juventud 2020, en la distinción Compromiso Social por el Ayuntamiento de Tuxtla Gutiérrez; y el Premio Estatal de la Juventud 2020, en la distinción aportación a la cultura política y a la democracia, por el Gobierno del estado de Chiapas.

Ha participado como colaborador en la elaboración del Índice de Estado de Derecho en México en sus ediciones 2019-2020 y 2021-2022 del World Justice Project; ha publicado sobre Violencia Política por razón de género desde la óptica de las masculinidades y sobre los derechos humanos de los grupos en situación de vulnerabilidad.

Política de Igualdad Laboral y No Discriminación

La presente política tiene como misión propiciar la igualdad laboral y no discriminación mediante la determinación de una serie de mecanismos en dónde se lleven a cabo compromisos que promuevan una cultura de igualdad de oportunidades y resultados, entre hombres y mujeres, así como promover espacios libres de discriminación y violencia dentro de este Organo Garante.

Esta es aplicable a todo el personal que labora en el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos personales del Estado de Chiapas (ITAIPCH), su vigilancia, operación y evaluación, estará a cargo del Comité de Igualdad Laboral y No Discriminación integrado por designación del Pleno, y con el fin de ejecutar la implementación de la misma, esté se encuentra integrado por la persona Titular del Instituto, la persona Secretaría Técnica, una persona Ombudsperson y dos personas vocales. 

La comisión se encuentra integrada por la persona Comisionada Presidente del Instituto, la persona Secretaria Técnica, una persona Ombudsperson y cuatro personas más que fungirán como vocales.

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Lineamientos de Comisión de Igualdad Laboral y no Discriminación

Los presentes lineamientos tienen por objeto regular los procesos de operación de la Comisión de Igualdad Laboral y No Discriminación del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Estado de Chiapas, la cual tendrá la encomienda del desarrollo, implementación y ejecución las buenas prácticas en igualdad laboral y no discriminación.

Lineamientos

Actividades de la Comisión

Acta de la primera sesión ordinaria de la integración de la comisión de igualdad laboral y no discriminación del instituto de transparencia, acceso a la información, protección de datos personales del estado de Chiapas.

Acta de Instalación

Organigrama

Comisión de Igualdad Laboral y No Discriminación

 

PRESIDENTE: Dr. Hugo Alejandro Villar Pinto

SECRETARIA TÉCNICA: Dra. Gabriela Fabiola Ruiz Niño

OMBUSPERSON Mtro. Aben Amar Rabanales Guzmán

VOCAL: Dra. Rosario Guadalupe Chávez Moguel

VOCAL: Dra. Delia Estrada Sánchez

VOCAL: C.P. Imelda Guadalupe Gutiérrez Galdamez

VOCAL: Lic. Florinda Enedina Galindo Bonilla

Contacto

Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Estado de Chiapas. 12 Avenida Poniente Norte No. 1104 Colonia el Mirador, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.

Dudas, comentarios, sugerencias en el siguiente correo: [email protected]

Telefonos: (961) 61 123 46